martes, 27 de noviembre de 2012

CONCLUSIONES


·         Para Colombia es de vital importancia la aplicación de cada una de estas normas, tanto las que se encuentran incluidas en el la recopilación de reglas de los derechos humanos esenciales como las que hallamos en el DIH, ya que de cierta forma les garantizaran su protección en cuanto al       goce de las libertades y garantías individuales del ser humano y la protección debida a las víctimas de conflictos armados.

·         Es de anotar que para un estado es muy importante lograr el bienestar de todos sus ciudadanos, para dicho propósito es necesario que día a día cumplan y protejan con cada uno de los valores éticos que conforman los derechos humanos, partiendo de aquellos factores que componen la dignidad humana propia de todos los hombres desde que nacen, sin distingo de religión, raza, edad, sexo, condición social, pensamiento.

·         Cabe destacar que el DIH prevé la obligación de los estados de “respetar” y “hacer respetar” sus normas, cumpliendo ante todo una acción eminentemente preventiva de vital importancia a efectos de destacar el contenido de sus normas en protección de potenciales víctimas de los conflictos armados.

·         En efecto, puede concluirse que para nosotros es eminente la participación de estos dos derechos con relación a nuestra ardua protección y como tal es vital que nosotros como pertenecientes a este estado social de derecho, defendamos a capa y espada el cumplimiento constante de estas normativas y continuemos mejorando aún más nuestra calidad de vida.


AGENTES REGULADORES


Cruz Roja Internacional

El principal organismo de Derecho Humanitario es indiscutible mente la Cruz Roja Internacional, que tiene dos roles muy importantes que son: 

1.- En Tiempos de Paz es una institución humanitaria que facilita ciertos auxilios en casos de emergencia, forma voluntarios, contribuye a la gestión de ciertos centros de protección a madres y a niños, y dota a los bancos de emergencia de los recursos de plasma en casos de emergencia.

2.- En Tiempos de Guerra la cruz roja se encarga de visitar a los prisioneros, trasmitir noticias de sus familiares, y gestionar su canje. Actúa a través de los organismos nacionales y del comité Internacional.

Los Principios que rigen el funcionamiento de la cruz roja son:

·   Imparcialidad.- No hay distingo de raza, nacionalidad, religión, condición social o pertenencia política.

·         Neutralidad.- Sus agentes no pueden tomar partido por ninguno de los sectores en disputa.
·        
Independencia.- Sus gestiones humanitarias se efectúan con toda libertad.

Universalidad.- Tratar de cubrir a todo el mundo.




Organización de las Naciones Unidas (ONU)

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) o simplemente Naciones Unidas (NN. UU.) Es la mayor organización internacional existente. Se define como una asociación de gobierno global que facilita la cooperación en asuntos como el Derecho internacional, la paz y seguridad internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos.

Propósitos:

·         Eventos internacionales

·         Control de armas y desarme

·         Mantenimiento de la paz

·         Derechos humanos

·         Asistencia humanitaria


Naciones Unidas es también un foro para apoyar los derechos de la mujer para participar plenamente en la vida política, económica y social de sus países. La ONU contribuye a elevar el significado del concepto de derechos humanos a través de sus tratados y su atención a los abusos específicos con sus resoluciones de la Asamblea General o del Consejo de Seguridad o los fallos de la Corte Internacional de Justicia (ICJ).

También hay otros organismos internacionales, aunque hay que reconocer que su actividad a sido mínima: El Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura; El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, La Organización Mundial para la Salud, El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, El Comité Intergubernamental para las Migraciones, todos ellos pueden prestar ayuda en el ámbito de su actividad y además de ellos, El Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, en el caso de la Amazonia, Amnistía Internacional, La Unesco, El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos cada uno en el ámbito de acción particular que le corresponde.




DIFERENCIAS ENTRE LOS DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO DIH


El derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario (DIH) tienen en común que ambos son parte del derecho internacional, es decir que tienen principios y características propias dentro de un sistema integrado de normas. Esto implica que a pesar de sus particularidades, dentro de cada sub-sistema las normas son creadas por los mismos mecanismos o fuentes tanto convencionales como consuetudinarias. Asimismo la violación de cualquiera de sus normas hace operativas las reglas del derecho internacional general relativas a la responsabilidad internacional tanto de estados como de individuos.
Estando regulados hoy día tanto los derechos humanos como el DIH por el derecho internacional, ambos sub-sistemas tienden en esencia a limitar o restringir las facultades propias del estado que hacen a su soberanía. Esos límites a la soberanía estadual se concentran en la necesaria protección del individuo frente a actos arbitrarios del estado que menoscaben derechos de los individuos o que les infrinjan sufrimientos innecesarios.
El objetivo primordial de los derechos humanos está directamente relacionado con el goce de las libertades y garantías individuales del ser humano y con su bienestar y protección en general. Por su parte, el objetivo central del DIH se relaciona con la protección debida a las víctimas de los conflictos armados.
La convergencia y complementariedad de los derechos humanos y el DIH se concentra entonces en un interés compartido a través de sus normativas específicas relativas en última instancia a la protección del individuo en toda circunstancia.
El DIH y las normas relativas a los derechos humanos se aplican durante situaciones fácticas distintas. Los derechos humanos son exigibles en tiempo de paz, es decir que sus normas son plenamente operativas en circunstancias normales dentro de un esquema institucionalizado de poderes en el que el estado de derecho es la regla. El DIH se aplica durante conflictos armados tanto de carácter interno como de carácter internacional. El DIH es en esencia un derecho de excepción.
Los derechos humanos y el DIH tienen orígenes distintos. Los derechos humanos se gestaron en el orden interno de los estados. Aparecen hoy día reconocidos en los sistemas jurídicos nacionales, incluso con rango constitucional. Los derechos humanos continúan siendo materia regida e implementada primordialmente por cada estado. A partir de la segunda guerra mundial la comunidad internacional experimentó la necesidad de controlar en el ámbito internacional a aquellos que en principio debían garantizar la efectiva aplicación de los derechos humanos dentro de sus propias jurisdicciones. En reiteradas ocasiones fue el propio estado quien, debiendo garantizar y proteger los derechos y garantías de los individuos reconocidos en su jurisdicción doméstica, terminaba siendo el violador sistemático de esos derechos. 








CARACTERISTICAS DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO.


·         ¿Dónde se encuentra el Derecho Internacional Humanitario?

Gran parte del DIH está contenido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, en el que son parte casi todos los Estados; estos Convenios se desarrollaron y completaron con otros dos Acuerdos: los Protocolos adicionales de 1977.

  
·         ¿Qué cubre el Derecho Internacional Humanitario?
El DIH cubre dos ámbitos: La protección de las personas que participan o que ya no participan en las hostilidades. Una serie de restricciones de los medios de guerra, especialmente armas, y de los métodos de guerra, como ciertas tácticas militares.

·         ¿En qué consiste la protección?
El DIH protege a las personas que no toman parte en las hostilidades, como es el caso de la población civil y del personal médico y religioso. Protege así mismo a las personas que ya no participan en los combates, por ejemplo, los heridos, los náufragos, los enfermos, prisioneros y todas aquellas personas que han dejado las armas.

Está prohibido atacar a las personas protegidas. Ellas no deben ser objeto de tratos abusivos o degradantes. Los heridos y los enfermos deben ser recogidos y asistidos. En cuanto a las personas prisioneras o detenidas, hay normas detalladas que incluye la provisión adecuada de alimentos y vivienda, así como garantías jurídicas.
Algunos lugares y objetos, como hospitales y ambulancias, están también protegidos y no deben ser atacados. El DIH determina algunos emblemas y señales claramente reconocibles, que pueden ser utilizados para identificar a las personas y los lugares protegidos, entre otros, la Cruz Roja y la Media Luna Roja, en países de creencias musulmanas.


·         ¿A qué restricciones están sometidas las armas y las tácticas?

El DIH prohíbe todos los medios y métodos de guerra que:

Que no distingan entre las personas que participan en los combates y las personas que, como los civiles, no toman parte en los combates. Causen daños superfluos o sufrimientos innecesarios. Causen daños graves y duraderos al medio ambiente. El DIH ha prohibido, pues, el uso de muchas armas, incluidas las balas explosivas, las armas químicas y biológicas y las armas láser que causan ceguera.


·         ¿Cuándo se aplica el Derecho Internacional Humanitario?
El Derecho Internacional Humanitario es un conjunto de normas internacionales de origen convencional y consuetudinario, específicamente destinado a ser aplicado en los conflictos armados, internacionales o no, que limita, por razones humanitarias, el derecho de las partes en conflicto a elegir libremente los métodos (modos) y medios (armas) de hacer la guerra y que protege a las personas y los bienes afectados o que puedan resultar afectados por ella.
El DIH solo se aplica en casos de conflicto armado. No cubre los disturbios internos, como los actos esporádicos de violencia, ni establece cuando un Estado pude recurrir a la fuerza. Esto está reglamentado en la importante, pero distinta, parte del Derecho Internacional que figura en las Carta de Naciones Unidas. El DIH solo es aplicable cuando se ha desencadenado un conflicto y se aplica por igual a todas las partes, sin tener en cuenta quien lo inició.



DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO


  El DIH irrumpe en las relaciones entre estados durante la segunda parte del siglo XIX como una respuesta de la comunidad internacional a los horrores de la guerra. En este sentido el DIH nace y se desarrolla como un movimiento no politizado, tomando distancia de las corrientes del pensamiento político en general. La necesidad de limitar los sufrimientos innecesarios de los combatientes heridos y enfermos en el campo de batalla fue el eslabón inicial de una cadena de protecciones acotadas a categorías específicas de individuos afectados por los conflictos armados. La incorporación de nuevas categorías de víctimas de los conflictos implicó una evolución constante en cuanto a la ampliación del ámbito de aplicación personal del DIH.

El Derecho Internacional Humanitario (DIH) es el conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limitan los medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también “Derecho de la Guerra y Derecho de los Conflictos Armados”. El DIH es parte del Derecho Internacional, que regula las relaciones entre los Estados. El Derecho Internacional está integrado por acuerdos firmados entre Estados, (llamados con frecuencia tratados o convenios), así como por principios y prácticas generales que los Estados aceptan como obligaciones jurídicas.






DIFERENCIA ENTRE DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS FUNDAMENTALES
Derechos Humanos son aquellos cuya protección y defensa está consagrada en los Instrumentos Internacionales suscritos por Colombia.
Derechos Fundamentales son los consagrados como tales en las Constitución Política de Colombia.

Derechos Humanos son el conjunto de principios de aceptación universal en al marco del Derecho Internacional Público, reconocidos Constitucionalmente y garantizados jurídicamente bajo el nombre.
Derechos Fundamentales dentro del Derecho Público Interno.


La naturaleza humana otorga titularidad a estos derechos universales, inviolables e irrenunciables; por lo tanto, al encontrar allí su fundamentación, deducimos que no pertenecen al hombre por una disposición estatal, sino que le pertenecen por el solo hecho de ser persona humana.

Estos derechos deben ser:
Reconocidos: en todos los hombres por igual, este reconocimiento debe ser real y fundamental. Deben ser reconocidos para poder ser defendidos.
Respetados: para poder efectivamente proteger la dignidad humana y para hacer que su realización sea posible.
El derecho es el respeto, es la propuesta social del respeto.
Tutelados: una vez reconocidos y respetados, debo protegerlos, la tutela corresponde a cada hombre, al estado y a la comunidad internacional.
Promovidos: deben ser constantemente promovidos, esto es, que deben darse a conocer y ser elevados en todo sentido, para evitar que sean violados.
Podemos añadir que los derechos humanos, en cuanto a derechos subjetivos, se encuentran en dependencia con la ley natural.
 "La llamamos ley natural a aquellas proposiciones universales del entendimiento práctico que la razón humana formula a partir del conocimiento del orden inmanente en la realidad de las cosas". *