El
derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional
humanitario (DIH) tienen en común que ambos son parte del derecho
internacional, es decir que tienen principios y características propias dentro
de un sistema integrado de normas. Esto implica que a pesar de sus
particularidades, dentro de cada sub-sistema las normas son creadas por los
mismos mecanismos o fuentes tanto convencionales como consuetudinarias.
Asimismo la violación de cualquiera de sus normas hace operativas las reglas
del derecho internacional general relativas a la responsabilidad internacional
tanto de estados como de individuos.
Estando regulados hoy día tanto
los derechos humanos como el DIH por el derecho internacional, ambos
sub-sistemas tienden en esencia a limitar o restringir las facultades propias
del estado que hacen a su soberanía. Esos límites a la soberanía estadual se
concentran en la necesaria protección del individuo frente a actos arbitrarios
del estado que menoscaben derechos de los individuos o que les infrinjan
sufrimientos innecesarios.
El objetivo primordial de los derechos
humanos está directamente relacionado con el goce de las libertades y garantías
individuales del ser humano y con su bienestar y protección en general. Por su
parte, el objetivo central del DIH se relaciona con la protección debida a las
víctimas de los conflictos armados.
La convergencia y complementariedad de
los derechos humanos y el DIH se concentra entonces en un interés compartido a
través de sus normativas específicas relativas en última instancia a la
protección del individuo en toda circunstancia.
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