DIFERENCIA ENTRE DERECHOS HUMANOS Y
DERECHOS FUNDAMENTALES
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Derechos Humanos son aquellos cuya
protección y defensa está consagrada en los Instrumentos Internacionales
suscritos por Colombia.
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Derechos Fundamentales son los consagrados
como tales en las Constitución Política de Colombia.
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Derechos Humanos son el conjunto de
principios de aceptación universal en al marco del Derecho Internacional
Público, reconocidos Constitucionalmente y garantizados jurídicamente bajo el
nombre.
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Derechos Fundamentales dentro del Derecho
Público Interno.
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La
naturaleza humana otorga titularidad a estos derechos universales, inviolables
e irrenunciables; por lo tanto, al encontrar allí su fundamentación, deducimos
que no pertenecen al hombre por una disposición estatal, sino que le pertenecen
por el solo hecho de ser persona humana.
Estos derechos deben ser:
Reconocidos: en todos los hombres por igual, este
reconocimiento debe ser real y fundamental. Deben ser reconocidos para poder
ser defendidos.
Respetados: para poder efectivamente proteger la
dignidad humana y para hacer que su realización sea posible.
El
derecho es el respeto, es la propuesta social del respeto.
Tutelados: una vez reconocidos y respetados,
debo protegerlos, la tutela corresponde a cada hombre, al estado y a la comunidad internacional.
Promovidos: deben ser constantemente promovidos,
esto es, que deben darse a conocer y ser elevados en todo sentido, para evitar
que sean violados.
Podemos
añadir que los derechos humanos, en cuanto a derechos subjetivos, se encuentran
en dependencia con la ley natural.
"La llamamos ley natural a aquellas
proposiciones universales del entendimiento práctico que la razón humana
formula a partir del conocimiento del orden inmanente en la realidad de
las cosas". *
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